política
Como ya expusiera LED en la presentación del informe "Limitaciones al ejercicio de la Libertad de Expresión / Argentina 2013”, el gobierno nacional publica la información sobre asignación de la pauta publicitaria oficial con una sensible demora. Hasta la fecha de la presentación de dicho informe, el 6 de marzo de 2014, la Jefatura de Gabinete solo informaba de las erogaciones realizadas hasta el primer semestre de 2012. La última actualización, producida en la segunda quincena del mes de marzo de 2014, expone la información relacionada con el segundo semestre de 2012 y el primero de 2013, lo que supone aún una desactualización importante de los datos.
Del análisis preliminar de la información realizado por la Fundación LED se desprende que la matriz de distribución arbitraria de los recursos destinados a la pauta publicitaria oficial no solo no se ha desarticulado sino que por el contrario tiende a consolidarse, concentrando la asignación de recursos en un reducido grupo de empresas con líneas editoriales afines al gobierno, relegando a los medios independientes o críticos de la gestión oficial.
Esta situación reviste mayor gravedad toda vez que con el transcurso del tiempo se acumulan los fallos judiciales que instan al Gobierno Nacional a establecer criterios de “equidad y proporcionalidad” en la distribución de la pauta oficial, recordando que “existe un derecho contra la asignación arbitraria o la violación indirecta de la libertad de prensa por medios económicos” (Fallos: 334:109) y destacando que el Estado debe realizar dicha distribución respetando dos criterios constitucionales: “1) no puede manipular la publicidad dándola y retirándola a algunos medios en base a criterios discriminatorios; 2) no puede utilizar la publicidad como un modo indirecto de afectar la libertad de expresión” (Fallos: 330:3908).
En el último de estos fallos, de febrero del corriente año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoce el derecho de Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. (ARTEAR) a acceder a un reparto equitativo de la pauta oficial y alerta que el incumplimiento por parte del estado nacional de fallos anteriores, como el caso de Editorial Perfil, “constituye una clara violación de principios constitucionales” en particular “un desconocimiento de la división de poderes que resulta inadmisible en un estado de derecho y, en consecuencia, causa un grave deterioro del estado constitucional democrático”. Tan tajantes definiciones del Máximo Tribunal de la República dan sustento a la preocupación que expresamos desde la Fundación LED.
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